IV. ABSTENERSE DE CONDUCTA SEXUAL INCORRECTA (TERCER PRECEPTO)

Este tercer precepto dice: Kāmesu micchācārā veramaṇī sikkhāpadaṃ samādiyāmi, “Asumo el principio de práctica de abstenerse de mala conducta respecto a los placeres sensuales”. La palabra kama tiene el significado general de placer sensual o deseo sensual, pero los Comentarios lo explican como relaciones sexuales (methunasamacara), una interpretación apoyada por los suttas. Micchacara significa malos modos de conducta. Así, el precepto prescribe la abstinencia de relaciones sexuales indecorosas o ilícitas.

La mala conducta en referencia a los placeres sensuales se define formalmente como “la volición con intención sexual que, ocurriendo por la puerta del cuerpo, causa transgresión con una pareja ilícita”. La pregunta primordial que se extrae de esta definición es: ¿a quién se califica de pareja ilícita? Para los hombres, el texto enumera veinte tipos de mujeres que son parejas ilícitas. Pueden agruparse en tres categorías:

(1) una mujer bajo protección de mayores u otras autoridades encargadas de su cuidado, por ejemplo, una muchacha bajo tutela de sus padres, un hermano u hermana mayor, otros parientes, o toda la familia;

(2) una mujer prohibida por convención, esto es, parientes cercanos prohibidos por tradición familiar, monjas u otras mujeres que han hecho el voto de celibato como disciplina espiritual, y aquellas prohibidas como compañeras bajo la ley del país; y

(3) una mujer que esté casada o comprometida con otro hombre, aunque el vínculo con el otro hombre sólo sea por acuerdo temporal.

En el caso de las mujeres, para aquellas que estén casadas, cualquier hombre que no sea su esposo es una pareja ilícita. Para todas las mujeres, un hombre vetado por tradición o bajo reglas religiosas está prohibido como pareja. Tanto para hombres como para mujeres, cualquier unión violenta, forzada o coercitiva, ya sea mediante coacción o presión psicológica, puede contemplarse como una transgresión del precepto aún en el caso de que la pareja no sea ilícita. Pero un hombre o mujer que haya enviudado o se haya divorciado puede casarse de nuevo según su elección.

Los textos mencionan cuatro factores que deben estar presentes para que se incurra en la ruptura del precepto:

(1) una pareja ilícita, tal y como se ha definido más arriba;

(2) el pensamiento o volición de realizar la unión sexual con tal persona;

(3) el acto de realizar la unión;

(4) la aceptación de la unión. Este último factor se añade con el propósito de excluir del quebrantamiento del precepto a quienes sean forzados contra su voluntad a mantener relaciones sexuales indebidas.

El grado de gravedad ética implicado en la ofensa viene determinado por la fuerza de la lascivia que motiva la acción y las cualidades de la persona contra la que se comete la transgresión. Si la transgresión implica alguien de elevadas cualidades espirituales, la lascivia es intensa y se utiliza la fuerza, la carga será mayor que si la pareja cuenta con cualidades menos desarrolladas, la lascivia es débil y no se emplea la fuerza. Las transgresiones más graves son el incesto y la violación de un arahat (o arahati). La raíz subyacente es siempre la avidez acompañada del engaño.

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